sábado, 26 de mayo de 2012

Vergüenzas y vacío

El DRAE* dice que: “perder la vergüenza” es rebajarse en su conducta. El gobierno ha perdido la vergüenza. Tanto, que la falta de vergüenza debería ser su 1°producto de exportación. Lástima que no tenga mercado. Acá, sobra.
Vergüenza. Hechos. Nadie está pendiente de la institucionalidad y menos de la Constitución Nacional, librito usado para emparejar las patas de la mesa de la cocina, pero aunque no importen, el presidente de la nación no puede ausentarse del país al mismo tiempo que el vicepresidente. Necesitan permiso y aprobación del congreso. Ni se pidió, ni se otorgó.
Resultado, Amado Boudou en Suiza, más vale no preguntar el porqué del viaje, y Cristina en Angola, Luanda para ser precisos. El motivo es tratar de venderles a los angoleños la mayor cantidad posible de productos “made in Argentina”. Motivo loable. Mientras, y con bajo perfil, Betty*, presidente.
Vergüenza. Hechos. Los empleados de la casa de la moneda hacen huelga por haber perdido horas extras, porque la ex Ciccone los ha dejado con menos trabajo al imprimir billetes de $ 100 de curso legal. La ex Ciccone está presidida por Alejandro Vandenbroele, que pagaba las expensas, el cable y el teléfono fijo del departamento de Boudou, pero que Boudou dice no conocer. Una vergonzosa desprolijidad.
Vergüenza. Hechos. Mientras en Argentina para poder comprar 1 US$ hay que presentar el certificado de buena conducta de las bisabuelas maternas, Cristina le ofreció al gobierno de Angola un préstamo blando por US$ 100 millones, al 2% anual, a pagar en 2 años, con 5 más de gracia. Por alguna razón recuerda el préstamo de 1973 a Fidel, de US$ 600 millones, que nunca se recuperó, ni siquiera se intentó recuperar.
Vergüenza. Hechos. En febrero 2008, Teodoro Obiang, presidente de Guinea Ecuatorial, visitó Argentina. Cristina, enterada por los medios de la feroz tiranía de Obiang, públicamente le echó en cara su falta de respeto por los DDHH. Obiang se retiró ofendido para siempre. Teodoro Obiang nació el 5/6/1942 y llegó a la presidencia de su país el 3/8/1979, donde sigue hasta hoy. Y hasta hoy sigue sin saber qué son los DDHH. Su gobierno es muy corrupto.
Vergüenza. Hechos. No se sabe si Cristina está enterada por sus funcionarios, o por los medios, o no está enterada, pero José Eduardo Dos Santos no respeta los DDHH de su gente. Dos Santos nació el 28/8/1942 y es presidente de su país desde el 21/9/1979, hasta hoy. Sigue sin saber qué son los DDHH y su gobierno está entre los más corruptos del planeta.
Vergüenza. Pregunta. ¿Por qué Obiang no y Dos Santos sí? Si parecen clonados. Quizás porque Angola es el 2° productor de petróleo de África y las cajas argentinas están vacías. Argentina, en casa, enarbola la bandera de los DDHH (de izquierda), afuera no importan tanto. Si no, que lo explique el canciller, que no sabe qué contestar cuando le preguntan al respecto.
Vergüenza. Hechos. Es maravilloso tener una presidente simpática. Es terrible que se haga la simpática. El bailecito con las angoleñas fue para la vergüenza ajena. Que siguiera bailando sola por la calle, “too much”. ¡Es la presidente! Que trate de vender todo lo que se llevó, y se llevó de todo, ¡bien!, para el aplauso. El tema son las formas.

Vergüenza. Hechos. Sobre una tarima, voceando los productos como si estuviera en un colectivo porteño, “para la cartera de la dama y el bolsillo del caballero, y como si esto fuera poco…” Lamentable. Cada pequeño olvido, Moreno se acercaba a la tarima y le soplaba el producto faltante. Otra vez, “too much”.
Vergüenza. Hechos. Dijo sentirse “absolutamente identificada con la historia de este país (Angola), con sus luchas y sus mujeres.” ¿¿¿??? ¿Dónde está el parecido? Hay que tener mucha imaginación para encontrarlo. Y recordó la lucha del Che en Angola, fracaso fenomenal que el Che quiso olvidar refugiado en Praga, escondido del mundo. Un poco de repaso histórico no está de más, sobre todo en visitas al exterior. Demasiada chabacanería.
Y por si no fueran suficientes las vergüenzas de estas últimas semanas, se suma el vacío. Parecerá tonto y sin importancia, no lo es. Pasaron sin la menor importancia, con pena y sin gloria, el día del himno nacional (11/5/1813) y el de la escarapela (18/5/1812). Días vaciados de significado.
Por supuesto que el himno y la escarapela son sólo símbolos. Pero los símbolos representan algo, y en este caso ese algo es nada menos que la patria. ¿No les importa? ¿Quieren olvidarla deliberadamente? ¿Ya la olvidaron? ¿O primero vacían la patria de valores morales, para luego vaciarla de los otros valores y depositarlos en bancos suizos?
Vergüenzas, chabacanería y vacío. Terrible resumen de la Argentina K. Lo hemos permitido. Lo estamos permitiendo. ¿Por qué?
* DRAE, diccionario de la real academia española.
* Beatriz Rojkés de Alperovich, vicepresidente del Senado, presidente en ejercicio de la Nación.

El enriquecimiento ilícito, más peligroso para Boudou que el caso Ciccone

La unificación -recientemente decretada por el juez Ariel Lijo- de la investigación por el presunto enriquecimiento ilícito de Amado Boudou, que iniciara el Fiscal Federal Jorge Di Lello con la causa Ciccone, puede producir un nuevo giro en el tema. Sin duda alguna que el caso Ciccone tiene una mayor espectacularidad, entre otras cosas, porque se vincula con la impresión del papel moneda. Sin embargo, en el gobierno crece la preocupación por el otro tema: la investigación sobre enriquecimiento ilícito. La razón es que la primera parte de la investigación que lleva adelante Di Lello sería más que suficiente como para sostener que el vicepresidente no podría justificar el geométrico incremento de su patrimonio en los apenas seis años que lleva ocupando cargos en la administración pública nacional. Coincidentemente, ayer se conoció justamente una denuncia por la presunta falsedad del contenido de la declaración jurada patrimonial que presentó ante la Oficina Anticorrupción (OA).
Según la presentación, el vicepresidente habría antedatado la fecha en que compró un automóvil para que apareciera como “bien propio” en vez de “bien ganancial” y así excluirlo de la repartición de bienes de su divorcio. La denuncia, radicada por el secretario general del Partido Socialista Auténtico (PSA), Mario Mazzitelli, quedó en manos del juez federal Julián Ercolini, quien deberá investigar la presunta omisión maliciosa de datos según el artículo 268 del Código Penal.
Se trataría apenas de una muestra, porque las inconsistencias de las declaraciones juradas del vicepresidente serían mucho más importantes. Di Lello, un fiscal de antigua trayectoria política en el justicialismo, optaría por aplicar un nuevo protocolo aprobado por el Ministerio Público para la investigación de delitos contra la administración pública La resolución de la Procuración General de la Nación 49/2011 contiene este Manual de Investigación Patrimonial, elaborado por la OCDAP (Oficina de Coordinación y Seguimiento en materia de Delitos contra la Administración Pública). La elección de este protocolo no sería casual. De este modo, Di Lello demostraría que investiga a Boudou de acuerdo a las reglas aprobadas por quien fuera hasta poco tiempo atrás la máxima palabra jurídica del kirchnerismo, el ex Procurador General Esteban Righi, hoy caído en desgracia.
Mucho más peligroso
Si efectivamente el enriquecimiento ilícito pasa a ser el eje, esto podría tener sus efectos políticos. Para empezar, se trataría de un ejemplo temible para otros integrantes del gobierno. La recordada investigación del patrimonio del matrimonio Kirchner fue clausurada con el apresurado sobreseimiento que dos años atrás dictara el juez federal Norberto Oyarbide, pero las desprolijidades de Boudou serían sin duda superiores. Otro problema es que el proceso de enriquecimiento ilícito de aquél tendría mucho que ver con su paso por la ANSES y ya durante la gestión de Sergio Massa en la conducción de ese organismo.
En síntesis, mientras la causa Ciccone ofrece dificultades probatorias importantes en torno a un solo hecho puntual, el manejo de la ex Ciccone, el enriquecimiento ilícito abre, en cambio, un abanico de temas que podrían comprometer a una serie de figuras del gobierno. De tomar cuerpo estas perspectivas, en el seno del cristinismo aumentaría la furia contra el desprolijo Boudou.

Breves Cconsideraciones sobre la Resolución General AFIP 3276/12

Breves Cconsideraciones sobre la Resolución General AFIP 3276/12 

La Resolución General 3276/12 de la AFIP (la “Resolución”), que entró en vigor el 1 de abril de 2012, incorpora a la “Ventanilla Única Electrónica del Comercio Exterior” la información sobre prestaciones de servicios efectuados por sujetos del exterior a prestatarios residentes en el país, así como por prestadores residentes en el país a prestatarios del exterior.
Es decir, que se incorpora la información para contratos que importen tanto salida como entrada de divisas a la Argentina.

 
Según el artículo 2, los sujetos residentes en el país (prestadores o prestatarios) son los obligados a producir la información mediante la DECLARACIÓN JURADA ANTICIPADA DE SERVICIOS (la “DJAS”) disponible en la web de AFIP.

 
Serán considerados sujetos residentes en el país aquellos que revistan tal condición conforme a las normas del Impuesto a las Ganancias.

 
Dicha Resolución establece en su Anexo las operaciones y las prestaciones alcanzadas y otras particularidades para la aplicación de la norma, como por ejemplo, los datos que deben informarse, la documentación de la que debe disponerse, y los importes de las operaciones alcanzadas.

 
Lo llamativo de la norma es que en su Anexo solo se mencionan como OPERACIONES ALCANZADAS, los servicios prestados a residentes en el país por sujetos del exterior y no a la inversa, por lo que, parecería que los contratos que son de exportación de servicios e implican una entrada de divisas, no deberían ser informados, o al menos existiría una imposibilidad fáctica de informarlos de acuerdo con el sistema que se ha implementado por el momento.

 
A nuestro entender, esta debería ser la interpretación de la Resolución, lo que ha sido confirmado por el propio Fisco a través de una consulta no vinculante.

 
Por lo tanto, al no haberse regulado en el Anexo la exportación de servicios que implican entrada de divisas, éstos casos no deberían informarse por el momento, al menos hasta tanto la AFIP no regule la forma y tipo de información que requerirá respecto de dichos contratos.