jueves, 14 de julio de 2011

La Explotación PSEUDO PERONISTA KK al Pueblo que Realmente Trabaja

Un trabajador asalariado formal en la Argentina deberá trabajar entre 170 y 184 días para el Estado en el 2011 - Fuente: notiar.com.ar - Informe de Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf)
 
Según un informe privado, este año se necesitará trabajar entre 170 y 184 días sólo para cubrir impuestos.

La fuerte presión que ejerce el fisco nacional sobre los salarios de los trabajadores parece no tener límites. Un reciente informe privado destaca que en el corriente año un asalariado formal deberá trabajar entre 170 y 184 días sólo para pagar impuestos.
En el trabajo del Iaraf se analizó la carga tributaria legal a la que se enfrenta una familia asalariada en la Argentina tomando en consideración los impuestos más representativos que debe tributar a nivel nacional, provincial y municipal. Considerando que los ingresos económicos de las familias pueden tener como destino el consumo, el ahorro o el pago de impuestos, el objetivo del trabajo es contar con una estimación de qué porcentaje deja de percibir una familia por el hecho de existir diferentes tributos sobre los ingresos y el gasto.
En la metodología se definen cuatro grupos hipotéticos de familias con diferentes ingresos salariales y se estima, a partir de la estructura de alícuotas vigente para los distintos tributos, el monto total de impuestos que cada familia debería abonar.
La idea es tener una aproximación al ingreso disponible de las familias, sabiendo que el ingreso puede ser utilizado para el consumo (de bienes y servicios que también incluyen impuestos) o el ahorro.
La carga tributaria legal sobre el salario llega al 46%

Aumenta con el ingreso familiar. Este año resulta algo mayor que en el 2010, teniendo en cuenta que se opera en la formalidad.

Se puede observar que mientras la carga tributaria total varió, dependiendo del tramo de ingresos que se considere, entre un 46,4 y un 49,2% de los ingresos totales en el 2010, estos valores tuvieron un ligero incremento en el 2011, al pasar el rango a ubicarse entre un 46,4 y un 50,4%.
En relación con la carga tributaria de los impuestos al trabajo, el hecho de que los topes en los impuestos previsionales crecieran en menor medida que los salarios llevó a que en los últimos dos niveles de ingresos considerados la carga de los mismos como porcentaje del ingreso total se redujera en comparación con el 2010.
Por el contrario, en el 2011 se habría verificado un aumento de la carga del Impuesto a las Ganancias en los tres casos de mayores ingresos. Este incremento fue producto de la conjunción de un supuesto de subas salariales (30%) superior al aumento de los mínimos no imponibles del Impuesto a las Ganancias (20%). Como el primer caso hipotético no es alcanzado por este impuesto, no hubo variaciones entre ambos períodos.
Carga tributaria en el 2011
Se sigue advirtiendo una mayor progresividad en el caso de los impuestos directos, con una variación de la carga total de este tipo de tributos que va desde un 32,5% en el caso de las familias de menores ingresos hasta un 39,2% en el de las de mayores ingresos.
A diferencia de los impuestos directos, los tributos indirectos son caracterizados por una mayor regresividad, lo cual hace que sea mayor la carga en las familias de menores ingresos que en aquellas en las cuales éstos son más elevados (más del 13% para las primeras frente a alrededor del 10% en las segundas, para el 2011). El peso de los otros impuestos que podrían llamarse patrimoniales, como el Inmobiliario y el Automotor, aumenta a mayor ingreso de las familias.
En conjunto, considerando tanto la carga directa como la indirecta, no se advierten mayores diferencias entre los dos primeros tramos de ingreso considerados, puesto que la mayor progresividad de Ganancias (a mayor ingreso, mayor peso de los impuestos) se ve compensada por el hecho de que los impuestos al consumo, al ser generales, representan una menor participación en el total de ingresos de las familias a medida que se incrementa el ingreso. En los dos últimos tramos sí se advierte una mayor progresividad del sistema tributario en su conjunto.
Día de la liberación
Una medida tradicionalmente utilizada para cuantificar de manera visible para el público en general el impacto que tiene la carga tributaria es el "día de la liberación de impuestos" (DLI). Esto se realiza a los meros fines expositivos, puesto que el análisis no considera la carga fiscal neta, es decir, la manera en la que el Estado aplica a través del gasto los fondos obtenidos mediante la recaudación de impuestos.
El indicador DLI consiste en tomar como base de análisis un año calendario y calcular a partir de qué día un ciudadano deja de obtener ingresos que terminará enviando al Estado a través de los distintos tributos (cuando deja de "trabajar para el Estado" y comienza a percibir los ingresos para sí mismo). El análisis desde el punto de vista económico, como opuesto al meramente contable o legal, resulta útil puesto que la carga tributaria sobre el ingreso se dimensiona independientemente de si los tributos resultaron visibles o no, o aun si en algún momento los montos considerados pasaron por las manos del trabajador o no.
Para entenderlo fácilmente, el DLI sería hasta qué día del año se debe trabajar para cumplir con todos los impuestos que inciden económicamente sobre el ingreso. Según el presente estudio, un trabajador asalariado formal en la Argentina deberá trabajar entre 170 y 184 días para el Estado en el 2011, con lo cual el DLI se ubica entre el 19 de junio y el 3 de julio en función de cuáles sean los ingresos. El año pasado, el período estaba comprendido entre el 18 y el 29 de junio, es decir que se incrementó algo más la presión sobre las familias de mayores ingresos en los casos considerados.
Los supuestos utilizados en el análisis

Para la medición del impacto que tiene la carga tributaria legal en el ingreso familiar se consideró una familia tipo compuesta por cuatro miembros (matrimonio más dos hijos).
Se asumen cuatro casos de ingresos familiares de bolsillo (netos de aportes) hipotéticos, suponiendo que los mismos tendrán un aumento del 30% al cierre del 2011.
Se consideran tributos de los tres niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal. En una de las infografías se detallan los tributos considerados.
Respecto de éstos, vale realizar algunas aclaraciones:
• En primer lugar, es importante destacar que los aportes personales y las contribuciones patronales se consideran como impuestos ya que el sueldo bruto de un empleado más las contribuciones a la seguridad social es el costo laboral que el empleador está dispuesto a pagar por los servicios de dicho trabajador y sería en definitiva el salario que estaría dispuesto a pagarle directamente en caso de no existir los impuestos al trabajo.
• Para los impuestos nacionales se ha considerado la estructura legal vigente para cada gravamen según surge del informe "Tributos vigentes en la República Argentina a nivel nacional" de la Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal.
• Para el análisis del Impuesto a los Ingresos Brutos que cobran las provincias y de la Tasa de Seguridad e Higiene que aplican los municipios se tomaron las alícuotas promedios de las principales provincias del país para el caso del Impuesto a los Ingresos Brutos y las alícuotas vigentes en la ciudad de Córdoba para el caso de la tasa municipal.
• Finalmente, para el caso de los impuestos Inmobiliario y Automotor se han considerado casos representativos de tributos a pagar en las principales ciudades del país.
Se supone que para el primer tramo de ingresos bajo estudio la familia alquila un departamento céntrico de dos dormitorios y no paga el impuesto Automotor. Para el segundo tramo de ingresos se asume que la familia alquila una vivienda en un barrio alejado del centro y que posee un automóvil chico usado.

En el tercer tramo la familia vive en un barrio de mayor poder adquisitivo y posee un auto mediano relativamente nuevo. Para el último tramo se consideró una vivienda en un barrio privado, con dos autos, uno mediano y uno chico.
En cuanto a los márgenes de ahorro considerados, para el primer tramo inferior es nulo y va aumentando para los superiores (es del 8, 16 y 20 del ingreso disponible respectivamente).
Por otro lado, si bien se consideran diferentes tramos de ingresos, se asume igual composición estructural de la canasta de bienes y servicios consumidos por las familias

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